PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: del 25 de noviembre de 2025 al 16 de diciembre de 2025, ambos inclusive.
PROCEDIMIENTO
· La solicitud se debe generar a través de la aplicación informática (disponible en el Portal de Educación y Sede Electrónica para el ciudadano). Una vez cumplimentada, se puede tele tramitar, si tienen certificado digital o DNIe, y en caso contrario se debe imprimir, firmar y presentar en el centro educativo. Si se realiza el registro electrónico hay que anexar el Modelo de Firmas (anexado al correo).
Presentación de solicitudes: preferiblemente en la secretaría del centro donde el alumnado cursa estudios durante el curso 2025/2026, o en su caso, en el centro en el que estuviera matriculado si la ayuda es para el programa de refuerzo educativo durante el mes de junio o julio de 2025. Excepcionalmente, se podrán admitir las solicitudes presentadas fuera de plazo y siempre antes del 30 de abril de 2025, debido a escolarización tardía, cambio de domicilio o comienzo de alguna medida de refuerzo educativo en fecha posterior a la finalización de dicho plazo.
· En la fase de subsanación, el ciudadano que tenga que subsanar, deberá cumplimentar el formulario web de subsanación y aportar la documentación correspondiente. Este formulario se deberá registrar (presencial o telemáticamente) dirigido a la DDPP (¡OJO!, la subsanación NO se entrega en los centros educativos, debe quedar registrada y se dirige a las DDPP).
INFORMACIÓN: en el Portal de Educación y en la Sede Electrónica











